
Se trata, junto a la de cadena de valor industrial del hidrógeno renovable, de una de las dos primeras líneas de ayudas para el impulso del hidrógeno renovable aprobadas por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica de Energías Renovables, Hidrógeno Renovable y Almacenamiento (PERTE ERHA). En concreto, este programa de H2 PIONEROS constituye la medida transformadora nº 16 del PERTE.
El objetivo del Programa H2 PIONEROS es impulsar el despliegue de aplicaciones comerciales de proyectos integrales que incluyen producción, distribución y consumo de hidrógeno renovable en una misma ubicación territorial, con viabilidad comercial, para su producción y consumo local en sectores de difícil descarbonización, como la industria o el transporte pesado.
DESTINATARIOS
- Empresas con personalidad jurídica propia.
- Consorcios o agrupaciones empresariales, deberá contar con la participación de al menos 1 PYME
- El sector público institucional así como las entidades dependientes de las Administraciones Públicas y las Universidades Públicas y sus centros tecnológicos adscritos.
- Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal
Un mismo solicitante podrá presentar más de una solicitud de ayuda, debiendo presentar una solicitud específica para cada proyecto.
CONDICIONES GENERALES Y LIMITACIONES
Por Proyectos Pioneros y Singulares se entienden aquellos proyectos integrales que combinen, de manera agregada, la producción, distribución y uso del hidrógeno en una misma ubicación territorial que permitan la introducción del hidrógeno renovable a partir de electrólisis en polos industriales ya consumidores de hidrógeno gris y en sistemas energéticos aislados, así como la integración de la producción con el suministro de hidrógeno renovable en nuevos usos del transporte pesado, usos térmicos en la industria y de ciertos usos estacionarios innovadores.
Así los proyectos deberán contar con una instalación de producción de hidrógeno renovable mediante electrolisis y al menos uno de los usos descritos en la convocatoria, valorándose positivamente la combinación de más de uno de ellos.
Solo se podrán incentivar aquellas actuaciones orientadas al despliegue de aplicaciones comerciales, cuyo principal valor resida, no tanto en un avance o maduración tecnológica, sino en la integración de las distintas fases de la cadena de valor en un proyecto.
Serían proyectos integrales aquellos que ayudarán a:
- Estructurar el sector del hidrógeno renovable por toda la geografía nacional;
- Superar barreras de mercado (i.e. reducir CAPEX, OPEX);
- Poner en práctica soluciones de negocio escalables y replicables.
La inversión mínima para que el proyecto sea elegible es de 1 M€.
Un mismo solicitante podrá presentar más de un proyecto singular, aunque la ayuda a otorgar no podrá superar los 15 M€ de ayuda por beneficiario y proyecto.
Las actuaciones objeto de financiación deberán ser de una potencia de electrólisis instalada, superior a 0,5 MW e inferior a los 20 MW, aunando producción y consumo local de hidrógeno renovable. Este consumo local deberá de ser lo más diversificado posible.
Cada proyecto singular y pionero aportará un valor claro como un primer proyecto en su categoría con un marcado carácter de demostración comercial en la ubicación territorial de referencia.
REQUISITOS PRINCIPALES DE LAS ACTUACIONES FINANCIABLES
Los proyectos deberán contar con una instalación de producción de hidrógeno renovable mediante electrolisis y al menos uno de los usos descritos en la convocatoria, valorándose positivamente la combinación de más de uno de ellos.
Para cada una de las actuaciones subvencionables incluidas en este programa, las características principales a tener en cuenta son:
- INSTALACIÓN DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE H2 RENOVABLE
Sólo serán subvencionables las instalaciones de producción de hidrógeno por electrolisis, mediante cualquier tecnología ya adoptada por el mercado en la que la madurez de la misma permita un desarrollo rápido, escalable y competitivo.
Las instalaciones de producción de hidrógeno renovable deberán tener un tamaño mínimo de 0,5 MW y como límite superior tendrán un tamaño máximo de 20 MW.
El tamaño de las instalaciones de producción de hidrógeno renovable vendrá definido por su uso final: los beneficiarios potenciales de la ayuda deberán acreditar el compromiso, por medio de acuerdos vinculantes, memorandos de entendimiento u otro formato, del consumidor o consumidores de al menos el 30 % del hidrógeno renovable producido, en cómputo anual.
Más del 80% del hidrógeno renovable producido anualmente debe estar destinado a alguno de los usos finales que se definen en la convocatoria.
La electricidad utilizada en el electrolizador debe ser de origen renovable.
La logística de la distribución del hidrógeno renovable deberá limitarse a aquellas instalaciones dedicadas en general al transporte, compresión y almacenamiento de hidrógeno renovable, así como aquellas ligadas con el acondicionado y dispensado de hidrógeno asociadas a las estaciones de suministro, que se caracterizan por el nivel de presión y capacidad.
Serán actuaciones incentivables:
- Instalación de electrolizadores y sistemas auxiliares.
- Instalaciones nuevas de generación eléctrica renovable dedicadas a la producción de H2 renovable (solo serán subvencionables instalaciones físicamente conectadas al electrolizador, aunque a efectos de acreditar el origen renovable de la electricidad, también se admitirá el uso de PPAs con una duración de al menos 10 años, si bien esta opción no se considerará actuación financiable)
- Infraestructuras de almacenamiento, acondicionado y dispensado de hidrógeno renovable (ej: estaciones de repostaje de hidrógeno), siempre que estas últimas estén únicamente vinculadas al usuario(s) final(es),
- Instalaciones y equipos para la compresión, transporte y almacenamiento que formen parte de la infraestructura logística necesaria para dispensar la producción de hidrógeno renovable desde la ubicación del electrolizador hasta los consumidores previstos en el proyecto.
- USOS INDUSTRIALES
- H2 renovable como materia prima en sustitución del H2 gris
- Descarbonización de usos térmicos en la industria, desplazando al H2 gris o a otros combustibles fósiles
Los nuevos equipos y/o adaptaciones de equipos existentes para el consumo de hidrógeno renovable en industria solo serán elegibles si se sustituye, a nivel de cada equipo individual consumidor (sustituido o adaptado), al menos un 30% del consumo de combustible fósil (en condiciones normales de operación) por hidrógeno renovable, valorándose positivamente porcentajes de sustitución más altos.
- USOS EN MOVILIDAD PESADA
- Vehículos pesados (terrestre, ferrovial, marítimo, aéreo)
- Integración de hidrógeno mediante pila de hidrógeno, combustión interna 100% H2 y almacenamiento embarcado
Serán actuaciones incentivables las instalaciones de repostaje de hidrógeno dedicadas y vinculadas con el suministro de hidrógeno a estas flotas profesionales.
Para el dimensionamiento de las hidrogeneras, se debe aportar una descripción de las necesidades y los perfiles de uso de los consumidores identificados.
- APLICACIONES ESTACIONARIAS INNOVADORAS
Integración de pilas de combustible o dispositivos de combustión (éste último solo en Puertos) que garanticen un consumo de combustible 100% hidrógeno en:
- Puertos
Para mejorar la calidad del aire en entornos de zonas portuarias, la alimentación eléctrica de barcos desde el muelle del puerto (cold ironing) evitaría el uso de los propios motores del barco. La conexión de estos mediante cable a un grupo electrógeno estacionario basado en pila de combustible o dispositivos de combustión (i.e. motores, turbinas) que garanticen un consumo de combustible 100% de hidrógeno, sería una solución apropiada desde el punto de vista medioambiental y, en algunos casos, viable económicamente bajo ciertas condiciones.
Para que estos equipos asociados sean subvencionables, deberán estar asociados a otros usos en la zona cercana, ya sean industriales o de movilidad, lo que permitiría justificar las infraestructuras de producción y distribución de hidrógeno renovable de forma simultánea.
- Sistemas de re-electrificación
Se abre la posibilidad a proyectos integrales que puedan complementar los usos industriales y/o de movilidad con la aportación de servicios energéticos de apoyo a la red eléctrica local en un sentido amplio. La existencia de un electrolizador aporta una oportunidad de disponer de flexibilidad en la red, siempre que vaya acompañada y acoplada con una instalación de renovables (anexa) como sistema de almacenamiento en el largo plazo.
El sistema de almacenamiento podrá ser híbrido, combinando un almacenamiento de corta duración (ej: baterías) con sistemas de largo plazo con pilas de combustible más depósitos de hidrógeno. La potencia de la pila de combustible estará limitada a 1MW.
Especialmente en el caso de las islas, sistemas aislados o bajamente interconectados estas inversiones pueden representar un ecosistema pionero e innovador de alto valor añadido.
- Aeropuertos, plataformas logísticas
Al objeto de fomentar otros usos finales para el hidrógeno renovable en aquellas áreas en las que la electrificación no sea la solución más eficiente o no sea técnicamente posible en el medio plazo, mediante usos diversos en ciertos nodos de transporte intermodal como pueden ser los aeropuertos o las plataformas logísticas.
En el caso particular de los aeropuertos se plantearía la posibilidad de emplear el hidrógeno renovable para alimentar (energéticamente mediante pilas de combustible) la maquinaria empleada en los aeropuertos y terminales de carga para manipulación de mercancías y/o movilidad de personas (ej: handling), así como también la infraestructura de servicios asociada con las necesidades energéticas de las instalaciones típicas de estas ubicaciones.
COSTES SUBVENCIONABLES. TIPO Y CUANTÍAS DE LAS AYUDAS
Las ayudas se ofrecerán en modo subvención a fondo perdido. Una vez resuelta favorablemente la ayuda, los beneficiarios que lo soliciten podrán disponer de anticipos del 100% del importe de la ayuda concedida. Se requiere la constitución de garantías para el anticipo.
Serán costes subvencionables los costes de inversión adicionales necesarios para fomentar el consumo y la producción de hidrógeno renovable. Los costes de inversión adicionales se calcularán por referencia a una inversión similar, menos respetuosa con el medio ambiente, que se habría podido realizar de forma realista sin la ayuda. La diferencia entre los costes de ambas inversiones será el coste subvencionable.
Para el caso de adaptaciones de equipos existentes, el coste de la adaptación se considerará como coste subvencionable.
La ayuda total por empresa y proyecto está limitada a 15 M€ y la intensidad máxima a conceder para cada una de las actuaciones será la siguiente:
ACTUACIONES | GRAN EMPRESA | MEDIANA EMPRESA | PEQUEÑA EMPRESA |
Instalación renovable dedicada y físicamente conectada a la producción de hidrógeno | 15% | 20% | 30% |
Infraestructura de producción de hidrógeno renovable y logística dedicada (compresión/transporte/ distribución) | 40% | 50% | 60% |
Adaptaciones o nuevos equipos de consumo de hidrógeno renovable (uso industrial) | 35% | 45% | 55% |
Hidrogeneras | 35% | 45% | 55% |
Vehículos de hidrógeno (límites máximos por tipología de vehículo) | 35% | 45% | 55% |
Aplicaciones estacionarias innovadoras | 30% | 40% | 50% |
Para las instalaciones renovables dedicadas a la producción de hidrógeno, la ayuda para esta actuación no podrá superar el 15% de la ayuda solicitada total del proyecto en su conjunto.
La ayuda dedicada a los usos del hidrógeno: estaciones de suministro de hidrógeno renovable, vehículos de hidrógeno, equipos nuevos o adaptados de consumo industrial y aplicaciones estacionarias, no podrá representar en su conjunto más del 30% de la ayuda solicitada total.
La ayuda dedicada a la infraestructura logística dedicada no podrá representar en su conjunto más del 5% de la ayuda solicitada total.
Para las embarcaciones costeras o fluviales la ayuda máxima estará limitada a 1 M€.
Todas las actuaciones podrán aumentar su porcentaje de ayuda aplicable sobre el coste subvencionable en 5 puntos porcentuales cuando se sitúen en islas y/o en municipios de hasta 5.000 habitantes, o municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes cuyos núcleos tengan una población menor o igual a 5.000 habitantes y/o en municipios incluidos en los Convenios de Transición Justa.
CRITERIOS DE VALORACIÓN
Todos los proyectos deberán respetar el principio de “no causar un perjuicio significativo” al medio ambiente y su adjudicación se realizará en base a estos criterios de valoración:
Características técnicas: se considerarán las aplicaciones a las que se destine el hidrógeno renovable valorándose la dedicación a los usos definidos anteriormente, así como la distancia entre el punto de producción y consumo. Al mismo tiempo, se analizará el encaje de las características del proyecto con el contexto y las prioridades en materia de transición energética.
Viabilidad económica: se valorarán positivamente aquellos proyectos con una menor necesidad de porcentaje de ayuda sobre la inversión prevista. También se valorará positivamente el menor precio objetivo de comercialización del hidrógeno renovable al usuario final.
Viabilidad del proyecto: se analizará el grado de precisión y desglose de la planificación, junto con un análisis de la calidad de los medios propuestos y del equipo solicitante de la ayuda. Se valorará positivamente la participación de PYMEs en el proyecto.
Se analizará la madurez del proyecto mediante la disponibilidad de terrenos, la existencia de un aporte de agua local y los compromisos en firme de consumidores.
Escalabilidad tecnológica y potencial de mercado: se valorarán criterios de replicabilidad y escalabilidad, así como el potencial de mercado de las nuevas tecnologías. Se tendrá en cuenta el contenido local de los suministradores de equipos clave. Además, se evaluará la calidad del plan de negocio presentado que demuestre la sostenibilidad económica y financiera del proyecto.
Externalidades: se valorará el impacto positivo en islas, zonas de Transición Justa y de Reto Demográfico, las emisiones abatidas, la creación de empleo, y la igualdad de género, entre otros.
PLAZOS Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
Las solicitudes de ayuda objeto de esta convocatoria y su documentación podrán presentarse hasta las 24:00 horas del día 6 mayo de 2022
El plazo máximo para la ejecución de las actuaciones objeto de ayuda será de 36 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la resolución favorable de concesión de ayuda.
Las solicitudes se deben presentar través de formularios y los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del IDAE.
Si está interesado en solicitar estas ayudas y quiere contar con asesoramiento y apoyo profesional, no dude en ponerse en contacto con Soros Gabinete.