
Se han anunciado que próximamente se convocaran las ayudas a contratos «Torres Quevedo» que como el año anterior suman 15 millones de euros para fomentar la incorporación de doctores con trayectoria consolidada en empresas, centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal, asociaciones empresariales y parques científicos y tecnológicos. Por su parte, las ayudas «Doctorados Industriales» fomentaran con 4 millones de euros la formación de doctores en empresas a través de la financiación de los contratos, la realización de estancias y los gastos de matrícula en enseñanzas de doctorado.
A modo de resumen se listan los requisitos de cada uno de estas convocatorias si bien aún no están oficialmente abierta, se han publicado en el siguiente enlace:
Ayudas Torres Quevedo
- Fecha de Cierre: 16 de Febrero de 2021.
- Tipo de proyectos:investigación, estudios de viabilidad y desarrollo experimental
- Duración de los proyectos:3 años desde la fecha de presentación de contratos.
- Fecha de contratación de doctores:Puede comprender desde el 7 de Febrero de 2020, hasta 20 días después de la resolución definitiva de la ayuda que es cuando se tendrán que presentar los contratos. El contrato debe ser indefinido y a jornada completa.
- Requisitos del doctor:
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- Debe estar en posesión del título de Doctor en el momento de presentar la solicitud. Por tanto, este ya debe estar seleccionado en el momento de la propuesta, aunque no se lo contrate hasta más adelante.
- No puede haber estado vinculado a la entidad ni como trabajador ni con ninguna otra relacionada accionarialmente entre el 15 de febrero de 2019 y 6 de febrero de 2020 ambos inclusive, a excepción de las empresas con calificación de Spin-off y las JEIs si la vinculación laboral se ha mantenido con una institución de I+D pública o privada sin ánimo de lucro que participa en el accionariado o en el capital de la nueva empresa.
- No puede contar con participación en el capital de la entidad solicitante.
- No estar incluida como candidata en la solicitud de más de una entidad.
- Costes financiables:Sueldo + SS del Doctor (Max financiable 55 k€; retribución mínima del empleado 20k€). La retribución que se ponga en la solicitud debe mantenerse o superarse, nunca bajarse a lo largo del proyecto.
- Pago de la ayuda:adelantado por cada anualidad, el pago de la primera anualidad se hace por adelantado tras la presentación del contrato. Las siguientes requiere la aceptación previa de la justificación técnico- económica
- Tipo de ayuda:subvención a fondo perdido.
- Máximo 3 solicitudes por entidad para proyectos y candidatos diferentes.
- Cuantías máximas de la ayuda:
Tipo de Proyecto | Pequeñas empresas | Medianas Empresas | Grandes Empresas |
Investigación industrial | 70% | 60% | 50% |
Estudios de viabilidad | 70% | 60% | 50% |
Desarrollo experimental | 45% | 35% | 25% |
Ayudas a Doctorados industriales
- Fecha de Cierre: 18 de Febrero de 2021.
- Tipo de proyectos:investigación industrial o desarrollo experimental en el que se enmarcará su tesis doctoral.
- Duración de los proyectos: 4 años desde la fecha de presentación de contratos.
- Fecha de contratación de doctorados:Puede comprender desde el 21 de febrero de 2020, hasta 20 días después de la resolución definitiva de la ayuda que es cuando se tendrán que presentar los contratos. El contrato debe ser indefinido y a jornada completa. El contrato debe ser al menos tres años y a jornada completa, aunque para el pago de la 4º anualidad es imprescindible que finamente se haya formalizado un contrato indefinido.
- Requisitos del doctorado:
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- No disponer del título de doctor.
- Debe estar en disposición de estar matriculado o admitido en un programa de doctorado en una universidad española, para el curso 2021/2022, en el momento de la formalización del contrato. La obtención del grado de doctor deberá tener lugar, de manera general, durante las tres primeras anualidades de la ayuda.
- No puede haber estado vinculado a la entidad ni como trabajador ni con ninguna otra relacionada accionarialmente antes del 20 de febrero de 2020 , a excepción de las empresas con calificación de Spin-off y las JEIs si la vinculación laboral se ha mantenido con una institución de I+D pública o privada sin ánimo de lucro que participa en el accionariado o en el capital de la nueva empresa.
- No puede contar con participación en el capital de la entidad solicitante.
- No haber disfrutado de una ayuda, por un período superior a 12 meses, en el marco de alguno de los Planes Estatales o Nacionales de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica.
- Requisitos de la entidad:
- Designar un tutor del investigador en formación que deberá pertenecer a la plantilla de la entidad y tener el grado de doctor. Este tutor, de acuerdo con el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, deberá solicitar su asignación como director de tesis doctoral a la comisión académica responsable del programa en el que se ha matriculado el investigador en formación. En el caso de las empresas “spin-off”, el tutor del investigador en formación podrá ser un investigador doctor que cuente con una participación en el capital de la entidad o de otra relacionada accionarial o socialmente con la misma que suponga una capacidad de control efectivo, directo o indirecto, de la entidad.
- En el caso de proyectos en colaboración, contar con el correspondiente convenio, contrato o documento donde se establezcan la colaboración entre las entidades.
- Costes financiables:
- Sueldo + SS del Doctor (Max financiable 23,76 k€; retribución mínima del empleado 17,92 k€). La retribución que se ponga en la solicitud debe mantenerse o superarse, nunca bajarse a lo largo del proyecto.
- Gastos estancias I+D. 2,400 € de ayuda única por investigador
- Gastos de matrícula 1,500 € de ayuda única por investigador
- Pago de la ayuda:adelantado por cada anualidad, el pago de la primera anualidad se hace por adelantado tras la presentación del contrato. Las siguientes requiere la aceptación previa de la justificación técnico- económica
- Tipo de ayuda:subvención a fondo perdido.
- Las pequeñas y medianas empresas podrán presentar como máximo una solicitud.
- Cuantías máximas de la ayuda:
Tipo de Proyecto | Pequeñas empresas | Medianas Empresas | Grandes Empresas |
Investigación industrial | 70% | 60% | 50% |
Desarrollo experimental | 45% | 35% | 25% |
Otras consideraciones:
- Ambas ayudas son incompatibles con cualquier otra ayuda